Modificación del Artículo 2º de la Resolución 523/09, Comisión Especial Club Comunicaciones
DESPACHO 795
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresVisto:
El Expediente Nº 2556-D-2010, de resolución, de autoría del señor diputado Diego Kravetz y otros, por el que solicita se modifique el Artículo 2º de la Resolución Nº 523/09 mediante la que se creó la Comisión Especial para garantizar la continuidad del Instituto de Comunicaciones y el Club Comunicaciones, y
Considerando:
Que mediante la Resolución 523/09 aprobada el 26 de noviembre de 2009, se crea una Comisión Especial que tiene por objeto la búsqueda de una solución integral que garantice la continuidad del Instituto Comunicaciones y el Club Comunicaciones.
Que en su Artículo 2º se establece que la mencionada comisión estará integrada por siete (7) diputados/as y se invitará a participar de la misma a representantes del Poder Ejecutivo de las áreas de Educación, Deportes y Justicia, dos (2) miembros de la Cooperativa de Trabajo Instituto Comunicaciones Ltda., dos (2) miembros de la Comisión Directiva del Club Comunicaciones y dos (2) miembros de la Cooperativa de Trabajo Club Comunicaciones Ltda.
Que el objetivo que se pone a consideración es garantizar que quienes tienen como funciones trabajar diariamente en relación a los temas vinculados con la presente Comisión Especial, formen parte de la misma, para lograr una mayor coordinación con el trabajo en sus respectivas comisiones.
Que por el Artículo 131 bis del reglamento interno de esta casa legislativa, es la Comisión de Turismo y Deportes quien entiende en todo aquello vinculado con la promoción y desarrollo de las actividades deportivas y recreativas, los Centros Deportivos de la Ciudad, y lo establecido en el Artículo 33 de la Constitución de la Ciudad, pudiéndose comprender de ello que son sus autoridades las personas indicadas para ser parte de la conciliación de estos temas, y que es a dicha comisión a la cual arribará todo proyecto legislativo que concierne a la temática desarrollada.
Por lo expuesto, esta Comisión de Turismo y Deportes aconseja la aprobación de la siguiente:
RESOLUCIÓN 479/2010
Artículo 1°.- Sustituyese el texto del Artículo 2º de la Resolución Nº 523/09 por el siguiente:"Art. 2º.- Integración. Dicha Comisión estará integrada por nueve (9) diputados/as, 2 de los cuales deberán ser el Presidente y Vicepresidente de la Comisión de Turismo y Deportes de la Legislatura de la CABA. Además, se invitará a participar de la misma a representantes del Poder Ejecutivo de las áreas de Educación, Deportes y Justicia, dos (2) miembros de la Cooperativa de Trabajo Instituto Comunicaciones Ltda., dos (2) miembros de la Comisión Directiva del Club Comunicaciones y dos (2) miembros de la Cooperativa de Trabajo Club Comunicaciones Ltda."
Art. 2 °.- Comuníquese, etc.
Sala de la comisión: 22 de septiembre de 2010.
GARAYALDE, Jorge; BISUTTI, Delia; ARENAZA, Juan Pablo; HERRERO, María; INGARAMO, Gerardo; PEDREIRA, Silvina y PUY, Raúl.
SESION DEL 21 DE OCTUBRE EN VERSIÒN TAQUIGRÀFICA,(EXTRAÌDO DE PAGINA LEGISLATURA GCBA)
Aires a Sol Gabetta.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
20.- Autorizar al GCBA a presentarse en la quiebra del Club Comunicaciones
Sr. Presidente (Moscariello).- Corresponde considerar el Despacho 841.
DESPACHO 841/10
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresVisto:
El Expediente Nº 2805-D-2010, de ley, de autoría del señor diputado Bruno Screnci Silva y de coautoría de los señores diputados Juan Pablo Arenaza, Delia Bisutti, Juan Cabandié, Antonio Campos, Julián D´Angelo, Raúl Fernández, Jorge Garayalde, Aníbal Ibarra, Enzo Pagani, Silvina Pedreira, Helio Rebot, Gonzalo Ruanova y Avelino Tamargo, por el que se autoriza al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a presentarse en la quiebra del Club Comunicaciones, y
Considerando:
Que, el Club Comunicaciones, fundado en el año 1931, supo crecer más allá de su origen, como pretende cualquier socio fundador de una institución; en efecto, el personal de la antigua compañía de Correos y Telecomunicaciones, jamás imaginó lo que trascendería esta prestigiosa institución deportiva.
Que ante el crecimiento y éxito de sus actividades, en la década del 50 el por entonces Presidente de la Nación, Juan D. Perón cedió al club el actual predio de 16 hectáreas.
Que lamentablemente, no todo es historia llena de progreso y crecimiento, porque como algunas instituciones deportivas de barrio fueron usurpadas por personas que no supieron entender el significado de la institución ni cumplir la voluntad de los socios fundadores, así es que por el año 2000 se le decretó la quiebra luego de un intento fallido de la comisión directiva de ese momento de cerrar un negocio inmobiliario.
Que con la sanción de la Ley 25284 (a partir de la quiebra de Racing Club), el club es intervenido judicialmente, designando el juez un órgano fiduciario; al no haber normalidad institucional el gobierno en los hechos queda en manos de un juez cuya única misión es hacer cumplir la ley pero sin tener el conocimiento, dedicación y “sentimiento” para poder sacar adelante una institución de esta naturaleza.
Que en el estado actual de cosas y en el entendimiento de que el Club Comunicaciones es una institución deportiva y educacional que cumple una importante función social y deportiva, así como en el de contención de grupos de chicos y jóvenes con dificultades económicas y familiares, Comunicaciones tiene un potencial enorme que se puede, y se debería, aprovechar generando una estrecha relación con el Gobierno a través de sus diferentes agencias y organismos (áreas de desarrollo social, deportes, salud, medioambiente, etc.), ONG´s y entidades intermedias afines.
Que claramente el predio del club se destaca por sus dimensiones, su frondosa vegetación (al ser un predio centenario originalmente de la Facultad de Agronomía y Veterinaria de la UBA) y su ubicación relativa privilegiada en la ciudad de Buenos Aires con múltiples medios de comunicación que lo conectan con el resto de la Ciudad y el Gran Buenos Aires (FFCC Urquiza, San Martín, Líneas de transporte automotor urbanas y suburbanas que corren por Avda. San Martín, Avda. Nazca y Avda. Beiró).
Que en los años previos a la quiebra del club las instalaciones sufrieron un agudo proceso de deterioro producto de la falta de mantenimiento y, en otros casos como en el Microestadio cubierto, se trata de construcciones que no han podido ser completadas en un 100 %, si bien se encuentran operativas en su totalidad.
Que la deuda al día de hoy ronda los $ 10 millones de pesos, a pesar de que recientemente la Legislatura aprobó una ley (Ley 3279) para condonar una importante deuda de ABL que arrastraba la institución.
Que el nuevo paso que se propone, permitirá al Club terminar de normalizar su situación económico financiera, permitiendo como contrapartida el uso de cualesquiera de sus instalaciones a las escuelas de la Ciudad, sin costo, y por un plazo que entendemos razonable para amortizar la inversión que debe realizarse para pagarle a los acreedores.
Que la presente iniciativa permitirá al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantizar la continuidad de una institución deportiva y educativa que cumple un gran papel sociocultural en el barrio; además, el llamado a licitación para la construcción de un microestadio cubierto le permitirá recuperar la inversión realizada en el predio en muy poco tiempo.
Por lo expuesto, las Comisiones de Turismo y Deportes y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria aconsejan la sanción de la siguiente:
LEY
Artículo 1°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se presentará, en un plazo no superior a los treinta días, ante la administración fiduciaria interviniente en la quiebra del Club Comunicaciones a fin de realizar una propuesta de puesta en valor e inversión suficiente que incluya el pago de la totalidad de la deuda vigente a condición de:a) El levantamiento de la quiebra.
b) Se convoque a asamblea general de socios con el objeto de modificar el estatuto, previa aprobación de la Inspección General de Justicia, permitiendo que todos los socios activos del club comunicaciones puedan elegir y ser electos como autoridades, sin distinción de ninguna índole.
c) Cumplidos los incisos a y b, se convoque a elecciones de autoridades en un plazo no superior a 90 días.
d) Se traspase al dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un sector de la fracción "F" de la manzana 54 A sección 71 circunscripción 15, el que conservará el distrito de zonificación actualmente vigente, de no más de seis hectáreas, para la construcción de un estadio cubierto que no afecte las actividades de la entidad deportiva y del Instituto Educativo Club Comunicaciones. El trazado definitivo del sector de la parcela a delimitar será fijado por la autoridad administrativa que corresponda dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y los organismos técnicos del GCBA pertinentes, previo giro a la Legislatura para su conocimiento y aprobación, cumpliendo con los procedimientos y normas vigentes.
Art. 2º.- Si resultara aceptada y aprobada la propuesta por el órgano judicial competente, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires procederá en forma inmediata a la mensura, deslinde e inscripción en el Registro de la propiedad inmueble a favor del dominio público, de la parcela resultante destinada a la construcción del estadio cubierto.
Art. 3º.- Dentro de los 3 (tres) meses de haberse procedido al traspaso de la parcela al dominio público, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá llamar a licitación pública a fin de construir un estadio cubierto sobre la parcela traspasada, previo cumplimiento de la normativa vigente.
Art. 4°.- Los gastos que demande la presente serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Art. 5º.- Comuníquese, etc.
Sala de las Comisiones: 6 de octubre de 2010.
GARAYALDE, Jorge; BISUTTI, Delia; ARENAZA, Juan Pablo; INGARAMO, Gerardo; PEDREIRA, Silvina, GONZÁLEZ, Álvaro; HOUREST, Martín; ABREVAYA, Sergio; BASTEIRO, Fabio; CAMPOS, Antonio; DE ANDREIS, Fernando; EPSZTEYN, Eduardo; FERNÁNDEZ, Raúl; GARAYALDE, Jorge; GARCÍA, Alejandro; IBARRA, Aníbal; MOSCARIELLO, Oscar; OCAMPO, Martín; PEDREIRA, Silvina; SCRENCI SILVA, Bruno y SPALLA, Karina.
Sr. Presidente (Moscariello).- Se va a votar si se trata sobre tablas. Se requiere el voto de los dos tercios de los diputados y diputadas presentes.
- Se vota y resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Moscariello).- En consideración.
- Murmullos en la sala.
Sr. Presidente (Moscariello).- Silencio, por favor.
Se va a votar en general a través del sistema electrónico.
- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Bisutti, Borrelli, Campos, Camps, Cerruti, D'Angelo, Di Stefano, Epszteyn, Fernández, Garayalde, García Tuñón, García, Gentili, González Á., González M.A., Herrero, Hourest, Ibarra, Lubertino (M.J.), Martínez Barrios, Montes, Moscariello, Naddeo, Nenna, Pagani, Pedreira, Polledo, Puy, Raffo, Ritondo, Rodríguez Araya, Romeo, Ruanova, Sánchez Andía, Sánchez, Saya, Screnci Silva, Selser, Spalla, Stanley, Tamargo, Varela y Zago.
- Se registra la siguiente abstención: Parrilli.
Sr. Presidente (Moscariello).- El resultado de la votación es el siguiente: sobre 46 votos emitidos, hubo 45 por la afirmativa y una abstención.
Sr. Sánchez.- Pido la palabra.
Señor presidente: quiero dejar constancia del voto positivo en general de todo el bloque de la Coalición Cívica pero la abstención al inciso d) del Artículo 1°, y a los artículos 2° y 3°.
Sr. Presidente (Moscariello).- En consideración en particular.
Sra. Bisutti.- Pido la palabra.
Señor presidente: deseo formular una modificación ya acordada con los integrantes y los presidentes de las comisiones. Se trata de una modificación del inciso b) del Artículo 1°.
Sr. Presidente (Moscariello).- Léala, por favor.
Sra. Bisutti.- Solamente propongo que se cambie la palabra “activo” por “socios mayores de 18 años”. Es por cantidad de socios actuales, que no lo hayan sido de corrido; así todos pueden participar del proceso.
El inciso b) quedaría redactado de la siguiente manera: “Se convoque a asamblea general de socios con el objeto de modificar el Estatuto, previa aprobación de la Inspección General de Justicia, permitiendo que todos los socios a la fecha de la aprobación de esta ley del Club Comunicaciones mayores de 18 años puedan elegir y ser electos como autoridades sin distinción de ninguna índole”.
Sr. Presidente (Moscariello).- Se va a votar en particular, con la modificación propuesta por la diputada Bisutti en el Artículo 1°.
- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Borrelli, Campos, Camps, Cerruti, D'Angelo, Di Stefano, Epszteyn, Fernández, Garayalde, García Tuñón, García, Gentili, González Á., González M.A., Herrero, Hourest, Ibarra, Lubertino (M.J.), Martínez Barrios, Montes, Morales Gorleri, Moscariello, Naddeo, Nenna, Ocampo, Pagani, Pedreira, Polledo, Puy, Raffo, Ritondo, Rodríguez Araya, Romeo, Ruanova, Saya, Screnci Silva, Selser, Spalla, Stanley, Tamargo, Varela y Zago.
- Se registran las siguientes abstenciones: Sánchez Andía, Sánchez y Parrilli.
Sr. Presidente (Moscariello).- Se han emitido 47 votos: 44 votos afirmativos y 3 abstenciones.
La diputada Bisutti agrega su voto positivo.
Queda sancionada la ley.
Texto definitivo
LEY 3604
Artículo 1°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se presentará, en un plazo no superior a los treinta días, ante la administración fiduciaria interviniente en la quiebra del Club Comunicaciones a fin de realizar una propuesta de puesta en valor e inversión suficiente que incluya el pago de la totalidad de la deuda vigente a condición de:a) El levantamiento de la quiebra.
b) Se convoque a asamblea general de socios con el objeto de modificar el estatuto, previa aprobación de la Inspección General de Justicia, permitiendo que todos los socios del Club Comunicaciones mayores de dieciocho (18) años a la fecha de la sanción de esta ley puedan elegir y ser electos como autoridades, sin distinción de ninguna índole.
c) Cumplidos los incisos a y b, se convoque a elecciones de autoridades en un plazo no superior a 90 días.
d) Se traspase al dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un sector de la fracción "F" de la manzana 54 A sección 71 circunscripción 15, el que conservará el distrito de zonificación actualmente vigente, de no más de seis hectáreas para la construcción de un estadio cubierto que no afecte las actividades de la entidad deportiva y del Instituto Educativo Club Comunicaciones. El trazado definitivo del sector de la parcela a delimitar será fijado por la autoridad administrativa que corresponda dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y los organismos técnicos del GCBA pertinentes, previo giro a la Legislatura para su conocimiento y aprobación, cumpliendo con los procedimientos y normas vigentes.
Art. 2º.- Si resultara aceptada y aprobada la propuesta por el órgano judicial competente, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires procederá en forma inmediata a la mensura, deslinde e inscripción en el Registro de la propiedad inmueble a favor del dominio público, de la parcela resultante destinada a la construcción del estadio cubierto.
Art. 3º.- Dentro de los 3 (tres) meses de haberse procedido al traspaso de la parcela al dominio público, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá llamar a licitación pública a fin de construir un estadio cubierto sobre la parcela traspasada, previo cumplimiento de la normativa vigente.
Art. 4°.- Los gastos que demande la presente serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Art. 5º.- Comuníquese, etc
Sr. Sánchez.- Pido la palabra.
Señor presidente: quiero aclarar que, como se votaron en particular todos los artículos en bloque, la diputada Sánchez Andía y yo nos abstenemos solamente en los artículos que he mencionado, no en el resto.
Sr. Presidente (Moscariello).- Eso consta en la versión taquigráfica, diputado.
Como hubo una sola modificación propuesta por la diputada Bisutti, puse en consideración todos los artículos en conjunto.
Sra. Bisutti.- Pido la palabra.
Señor presidente: quiero dejar constancia de mi voto positivo, porque el sistema sigue sin identificarme. Además, quiero agradecer a los socios del club que están presentes. Con esta ley garantizamos que ellos sigan siendo los que manejen el club. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Moscariello).- Ya había incorporado su voto positivo.
Sr. Screnci Silva.- Pido la palabra.
Señor presidente: agradezco a los socios que nunca dejaron de apoyarnos ni bajaron los brazos para que se aprobara este proyecto, así como también para todos los asesores que trabajaron.
Además, agradezco a todos los bloques por ponernos de acuerdo en un proyecto que, estoy seguro, esperan todos los ciudadanos de Buenos Aires.
Sr. Garayalde.- Pido la palabra.
Señor presidente: quiero expresar que en este proyecto están plasmadas todas las fuerzas vivas de la Ciudad de Buenos Aires, todos sus representantes y la voluntad de los socios. Por este motivo, le solicito al señor juez que le preste más atención a este proyecto para cuando corresponda implementarlo.
Sr. Presidente (Moscariello).- Hay dos proyectos de ley, que vamos a votar en conjunto. Se trata de la ampliación del número de integrantes de las comisiones de seguimiento de AUSA y de SBASE.
Por Secretaría se les dará lectura.
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEGISLATURA
Versión Taquigráfica
ABREVAYA, Sergio Fernando (CC)
ALEGRE, Gabriela Patricia (EPV)
AMOROSO, Víctor Daniel (UF)
BISUTTI, Delia B. (SUR)
BORRELLI, Martín (PRO)
CAMPOS, Antonio R.(UCR)
CAMPS, Adrián R. (SUR)
CERRUTI, Gabriela Carla (NE)
D'ANGELO, Julián (PS)
DE ANDREIS, Fernando (PRO)
DI STEFANO, Patricio (PRO)
EPSZTEYN, Eduardo Ezequiel (DpBA)
FERNÁNDEZ, Raúl Enrique (EP)
GARAYALDE, Jorge Mario H. (PRO)
GARCÍA TUÑÓN, Laura S. (SUR)
GARCÍA, Alejandro (PRO)
GENTILI, Rafael A.(SUR)
GONZÁLEZ, Álvaro Gustavo (PRO)
GONZÁLEZ, María A. (SUR)
HERRERO, María Raquel (PRO)
HOUREST, Martín (IS)
IBARRA, Aníbal (DpBA)
LUBERTINO, Mónica Alicia (UF)
MARTÍNEZ BARRIOS, Diana (PRO)
MONTES, Adriana I. (CC)
MORALES GORLERI, Victoria (PRO)
MOSCARIELLO, Oscar A. (PRO)
NADDEO, María E. (DpBA)
NENNA, Francisco ()
PAGANI, Enzo Luis (PRO EPV)
OCAMPO, Fernando Martín (PRO)
PARRILLI, Marcelo (MST-NI)
PEDREIRA, Silvina Aurora (BP)
POLLEDO, Carmen (PRO)
PRESMAN, Claudio D. (UCR)
PUY, Raúl Alberto (DpBA)
RAFFO, Julio (SUR)
REBOT, Helio D. (PRO)
RITONDO, Cristian Adrián (PRO)
RODRÍGUEZ ARAYA, María (PRO)
ROMEO, Mateo (BP)
RUANOVA, Gonzalo Roberto (NE)
SÁNCHEZ ANDÍA, Rocío (CC)
SÁNCHEZ, Fernando (CC)
SAYA, Lidia N. (PRO)
SCRENCI SILVA, Bruno G. (PRO)
SELSER, Jorge G. (SUR)
SPALLA, María K. (PRO)
STANLEY, Carolina (PRO)
TAMARGO, Avelino (PRO)
VARELA, Marta Lucía (PRO)
ZAGO, Oscar Roberto (PRO)
Diputados Ausentes
BASTEIRO, Fabio H.(SUR) (c/aviso)
CABANDIÉ, Juan (EPV) (c/aviso)
INGARAMO, Gerardo Luis (PRO) (c/aviso)
KRAVETZ, Diego Gabriel (BP) (c/aviso)
LUBERTINO BELTRÁN, María José (EPV) (c/aviso)
MAFFÍA, Diana Elena (CC) (c/aviso)
PALMEYRO, Claudio M. (BP) (c/aviso)
APÉNDICES
I. | Autorizar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a participar en la quiebra del Club Comunicaciones. 20.- ciones. Se trata sobre tablas. Texto definitivo. Ley 3604. (Expte. 2805-D-2010.)Despacho 841: Autorizar al GCBA a presentarse en la quiebra del Club Comunica |